REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, once de abril de dos mil once
200º y 152º

ASUNTO : VP01-L-2010-002669

HOMOLOGACION DE TRANSACCION.

PARTE ACTORA: JESUS MANUEL ROJO, titular de la cédula de identidad: 6.049.139.

PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil ELORRIAGA FARIA & ASOCIADOS,

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.


Revisada como ha sido la transacción presentada en fecha 04 del presente mes y año; suscrita por el ciudadano JESUS MANUEL ROJO, asistido por la abogada MARINA NAVA, por una parte; y por la otra el abogado GERARDO GONZALEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada Sociedad Mercantil ELORRIAGA, FARÍA & ASOCIADOS C.A., (EFACA); todos amplia y suficientemente identificados en autos. Este Tribunal, una vez analizados los términos en los cuales fue redactada la transacción, observa que la misma reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 10 y 11 del Reglamento, y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, es por lo que, éste Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, impartiéndole el carácter de Cosa Juzgada, declara terminado el proceso y ordena archivar definitivamente el expediente. Así se decide.

Asimismo se ordena expedir las copias certificadas solicitas por las partes, en acta de transacción. Así se decide.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.

La Juez



Mgs. Judith del Carmen Castro. El Secretario.


JC/jc
Abog. Melvin Navarro.