REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, once de abril de dos mil once
200º y 152º
ASUNTO : VP01-L-2010-002630

DESISTIMIENTO.

PARTE ACTORA: ANDREINA PAZ, titular de la cédula de identidad: 15.466.934.
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil FERRETERIA DOBLE A.A. C.A.
MOTIVO: Prestaciones Sociales.

En el día hábil de hoy 11 de abril de 2011, siendo las 10:30 a.m.; oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, estando presente las ciudadanas MARIEVA OLIVEROS y ERICA CASAS, Inpreabogados: 98.026 y 138.018, apoderadas judiciales de la demandada, Sociedad Mercantil FERRETERIA DOBLE A.A. C.A., representación que consta en documento poder que presentan y se ordena agregar constante de 02 folios útiles; en este estado el Tribunal deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ciudadana ANDREINA PAZ, por cuanto no estuvo presente ni por sí, ni por apoderado judicial alguno. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO; ordenando se archive definitivamente el expediente una vez firme la presente decisión. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 200º y 152º
LA JUEZ,


Mgs. Judith del Carmen Castro. .
El Secretario.



Abog. Melvin Navarro