N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2011-000553
PARTE ACTORA: EDWIN CHAVEZ y ANTONY BARBOZA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: SIN REPRESENTACIÓN JUDICIAL
PARTE DEMANDADA: ESTACIÓN DE SERVICIO JUANA DE AVILA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: CARLOS FERNANDEZ CASILLA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy Lunes Cuatro (4) de Abril de 2011, siendo las Nueve y Cuarenta y Cinco minutos de la mañana (9:45am), se dio inicio a la Audiencia Preliminar en el presente juicio, que se encontraba fijada para las Nueve y Treinta minutos de la mañana (9:30am) del día de hoy, en la que se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno; mas no así la parte demandada que estuvo representada por su apoderado judicial Abogado CARLOS FERNÁNDEZ CASILLLA identificado en el instrumento poder otorgado por su representada, tal y como consta en actas; en consecuencia de la incomparecencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 y 200.
El Juez
La Secretaria
Abog. Alfredo García López Aboga. Ana. M. Pérez. V.
Los Presentes