REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, Jueves Catorce (14) de Abril de Dos Mil Once
200º y 151º
ASUNTO : VP01-L-2004-001054
Vista el escrito de fecha 24 de Septiembre de 2.004, presentado por la parte actora ELIZABETH OTERO, debidamente asistida por la Abogada NORA BRACHO MONZANT, ambas identificada en actas; y por medio del cual DESITE DEL PROCEDIMIENTO Y DE LA ACCIÓN, este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, vista la manifestación de volunta en forma libre, sin apremio y coacción y conforme a los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO SOILICITADO, mas no la ACCIÓN por cuanto es de Orden Publio y de Rango Constitucional; impartiéndole su aprobación, pasándolo en autoridad de cosa juzgada, y declarándolo terminado, todo en el juicio que por PRESTACIONES SOCIALES sigue en contra de la Sociedad Mercantil COMERCIAL BELLOSO, C.A. (COBECA). Así se decide.
El Juez.
Abog: Alfredo García López La Secretaria.
Aboga. Joselyn Urdaneta
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