REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, veintiséis (26) de abril de dos mil once (2011).
201º y 152º
ASUNTO: VP01-L-2010-002837
PARTE ACTORA: JOANA NAVA
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: KAREN RODRIGUEZ
PARTE DEMANDADA: ACERO TANQUES, C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: LUIS CEBALLOS
MOTIVO: CESTA TICKETS.
Visto el contenido de la diligencia de fecha treinta y uno (31) de marzo de 2011, suscrita por la parte actora ciudadana JOANA NAVA, titular de la cedula de identidad No. 12.257.719, debidamente asistida por la abogada KAREN RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 123.750, en su carácter de Procuradora de Trabajadores, por un parte y por la otra el apoderado judicial de la parte demandada abogado LUIS CEBALLOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 133.012, donde la parte demandada a los fines de darle cumplimiento a la sentencia de fecha tres (03) de marzo de 2011, y previa declaración de la parte actora de haber recibido previamente cantidades de dinero por el concepto reclamado, convienen en un pago único por la cantidad de TRES MIL CINCUENTA Y OCHO BOLIVARES (BsF. 3.058,00), lo cual fue aceptado por la parte actora y recibido mediante cheque de gerencia girado en contra del Banco Banesco, signado con el No. 88924585, de fecha 24 de marzo de 2011, a nombre de JOANA NAVA. Seguidamente este JUZGADO DECIMO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO DE PAGO CELEBRADO POR LAS PARTES, se da por terminado el proceso y se ordena el archivo definitivo del expediente.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.
EL JUEZ
ABOG. JOSE SOTO ASPRINO LA SECRETARIA
ABOG. MARIA A NAVEDA
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