ACTA

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2011-00600.
PARTE ACTORA: ENADIS CARINA ACOSTA TAMARA.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA : WENDY ECHEVERRIA.
PARTE DEMANDADA: DISTRIBUDORA J-B, C.A. y MANUEL BENJAMIN ARRIETA OTERO.
APODERADO LA PARTE DEMANDADA: TOMAS TORRES
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES .

En el día hábil de hoy, 11 de ABRIL de 2011, siendo la 11:30 de la MAÑANA, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los apoderados judiciales de la parte actora, y de la parte demandada quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada DISTRIBUDORA J-B C.A y MANUEL BENJAMIN ARRIETA OTERO, le cancela a la EXTRABAJADORA: ENADIS CARINA ACOSTA TAMARA, portadora de la cedula de identidad No E- 25.890.656, la cantidad de DOS MIL BOLIVARES ( Bs 2.000) mediante dinero efectivo, La actora acepta recibirla, para cubrir todos y cada uno de los conceptos reclamados, por lo que ambas partes solicitan se homologue el acuerdo celebrado, se le de el carácter de cosa juzgada, . Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, y se da por terminado el expediente y se ordena el cierre definitivo del Expediente, La parte demandada consigna copia del poder , Así se decide.

La Juez.
La Secretaria.
Abog. Marianela Bravo.

Los Presentes