ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2010-002416
PARTE ACTORA: RAMON EDUARDO BECEIRA ACOSTA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: WILLIAM PORTILLO y Richard Portillo
PARTE DEMANDADA: ZAPATERIA WENDYS C.C. CIUDAD CHINITA, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Noe Ávila y Jesús López
MOTIVO: Prestaciones Sociales.
En el día hábil de hoy,8 de Abril de 2011, siendo las 11:49 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos RAMON EDUARDO BECEIRA ACOSTA y ZAPATERIA WENDYS C.C. CIUDAD CHINITA, C.A. en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de doce mil bolívares fuertes (Bs.F. 12.000,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar los cuales le serán entregados al ciudadano extrabajador por ante el tribunal a las 11:00 a.m. el día martes 12 de Abril de 2011. En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente. . Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia de la devolución de las pruebas aportadas al proceso a las partes.
El Juez
La Secretaria
Abg. Frank Guanipa
Los Presentes
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