ACTA



Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2010-002285
PARTE ACTORA: JUAN BAUTISTA LOPEZ PADILLA
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: José Valor
PARTE DEMANDADA: SERVICIO DE CARGA Y DESCARGA PEDRO MARIN, C.A. y PEDRO MARIN
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: SERVICIO DE CARGA Y DESCARGA PEDRO MARIN, C.A., PEDRO MARIN: Jesús López
ESTARSEGUROS, SOCIEDAD ANONIMA: Yasmín Marcano y Néstor Amesty
MOTIVO: Accidente de Trabajo

En el día hábil de hoy,28 de Abril de 2011, siendo las 3:38 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadano JUAN BAUTISTA LOPEZ PADILLA, SERVICIO DE CARGA Y DESCARGA PEDRO MARIN, C.A., PEDRO MARIN y ESTARSEGUROS, SOCIEDAD ANONIMA en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la parte demandada ofrece la cantidad de cincuenta mil bolívares fuertes (Bs.F. 50.000,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar, los cuales le serán entregados al ciudadano extrabajador el día martes 17 de Mayo de 2011 a las 11:00 a.m. por ante el tribunal. En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente.. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia de la devolución de las pruebas aportadas al proceso a las partes.


El Juez

La Secretaria

Abg. Frank Guanipa





Los Presentes