REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, Once (12) de Abril de dos mil Once (2011)
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2010-001937
PARTE ACTORA: ARSENIO SANCHEZ y NELSO MORA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MÓNICA TORRES
PARTE DEMANDADA: PRECISION DRILLING DE VENEZUELA C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: GUSTAVO ALVIAREZ
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy 12 de Abril de 2011, siendo las 11:15 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, presente el abogado GUSTAVO ALVIAREZ actuando en su condición de apoderado judicial de la demandada sociedad mercantil PRECISION DRILLING DE VENEZUELA C.A quien consigno documento poder en copia simple el cual se agrega a las actas que conforman el presente asunto; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 y 200.
El Juez
La Secretaria
Abog. Alexis Figueroa
Los Presentes