REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO
Maracaibo, siete de abril de dos mil once
200º y 152º
ASUNTO : VP01-R-2009-000481
ACTA
Se abrió el acto por el Juez MIGUEL AGUSTÍN URIBE HENRÍQUEZ, con la presencia de la Secretaria Lisseth Pérez y el Alguacil Ronny Viloria.
Constituido el Tribunal en el Salón de Audiencias del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m), hora fijada a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en el artículo 163 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de apelación ejercido por la parte demandada, contra la decisión de fecha 17 de julio de 2009, dictada por el Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Zulia, con sede en Maracaibo, en el juicio que sigue el ciudadano LUIS HORACIO MENA COLMENARES, contra la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO, S.A.
Se deja constancia de la asistencia a este acto de la abogada Katty Urdaneta, en representación de la parte demandada recurrente, asimismo, se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante, ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno.
Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra a la parte demandada recurrente, a través de su representación judicial, quien expuso los motivos de su apelación.
Una vez concluidas las exposiciones, ilustrado como se encuentra el Tribunal, se retiró a deliberar por sesenta minutos. Finalizada la deliberación, el Juez lee la decisión: En nombre de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandada, contra la decisión de fecha 17 de julio de 2009, dictada por el Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Zulia, con sede en Maracaibo. 2) SIN LUGAR la demanda intentada por el ciudadano LUIS HORACIO MENA COLMENARES, contra la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO, S.A. 3) SE REVOCA la decisión recurrida. 4) NO HAY CONDENATORIA en costas procesales.
De conformidad con lo establecido en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del presente fallo, con la motivación y demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
El Juez,
Miguel A. URIBE HENRÍQUEZ
LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA RECURRENTE,
La Secretaria
LISSETH PÉREZ