REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO
Maracaibo, quince de abril de dos mil once
200º y 152º
ASUNTO: VP01-R-2011-000197
ACTA
Se abrió el acto por el Juez MIGUEL AGUSTÍN URIBE HENRÍQUEZ, con la presencia de la Secretaria Lisseth Pérez y el Alguacil Juan Diego Briceño.
Constituido el Tribunal en la Sala de Audiencias del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), hora fijada a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de apelación ejercido por la parte demandante, contra la decisión de fecha 29 de marzo de 2011, dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el juicio que sigue HECTOR JOSE BRICEÑO RODRIGUEZ en contra de la sociedad mercantil CORPORACIÓN SELECTA, C.A.
Se deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Ricardo Gordones, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, asimismo se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandada ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno.
Seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la parte demandante recurrente, a través de su representación judicial, para que exponga los motivos de su apelación, promoviendo prueba documental y prueba de informe al Fondo de Previsión Social de la Policía del Estado Zulia, Centro Médico Policial Dr. Regulo Pachano Añez, siendo admitida en cuanto ha lugar en derecho, ordenando éste Tribunal oficiar en el sentido solicitado, para lo cual se fija un lapso de 10 días hábiles para la evacuación de la referida prueba, lapso prudencial estimado a los fines de que sean consignadas las resultas correspondiente, continuando la audiencia de apelación al día hábil siguiente al vencimiento de dicho lapso, a las 12:00 meridiano.
Se ordena agregar al expediente disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
El Juez,
Miguel A. URIBE HENRÍQUEZ
LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE,
LA SECRETARIA
LISSETH PÉREZ