REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL
Maracaibo, Veintiuno (21) de Septiembre de 2010
200º y 151º
Decisión No. 976-10 Causa No. 6C-S-2178-10
Visto el escrito presentado por la Ciudadana Abogada VIOLETA PEREZ GUTIERREZ, actuando con el carácter de FISCAL AUXILIAR adscrita a la Unidad de Depuración Inmediata de Casos DEL MINISTERIO PÚBLICO, mediante el cual solicitan a este Tribunal en funciones de Control, sea librada Orden de Incautación de la secuencia de imágenes captadas en fecha diez (10) de Septiembre de 2010 por las cámaras de seguridad dispuestas en la sede 160 del Banco de Venezuela ubicado en la Av. Principal la Limpia, Parroquia Raúl Leoni , Maracaibo estado Zulia.
Ahora bien, considera pertinente esta Juzgadora proveer conforme a lo solicitado por la Representación Fiscal del Ministerio Público, según lo establecido en el articulo 47 de la Constitución Nacional de la Republica Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo establecido en el articulo 218 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia, ACUERDA librar ORDEN DE INCAUTACIÓN de la secuencia de imágenes captadas en fecha diez (10) de Septiembre de 2010 por las cámaras de seguridad dispuestas en la sede 160 del Banco de Venezuela ubicado en la Av. Principal la Limpia, Parroquia Raúl Leoni , Maracaibo estado Zulia; y a tal efecto SE AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a Funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Maracaibo, bajo la dirección de la Fiscalía solicitante; y quienes deberán darle estricto cumplimiento al procedimiento contemplado en los artículos 218 y 219 del mismo Código Orgánico Procesal Penal, e identificarse mediante la presentación de las credenciales respectivas y de la presente Orden, cuidando el trato hacia las personas y el buen uso del arma de reglamento.
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA,
Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el articulo 47 la Constitución Nacional de la Republica Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 218 y 219 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA CON LUGAR la solicitud Fiscal y se ordena librar la respectiva ORDEN DE INCAUTACIÓN, de la secuencia de imágenes captadas en fecha diez (10) de Septiembre de 2010 por las cámaras de seguridad dispuestas en la sede 160 del Banco de Venezuela ubicado en la Av. Principal la Limpia, Parroquia Raúl Leoni , Maracaibo estado Zulia. Líbrense la respectiva orden de Incautación y remítanse con oficio a la representante Fiscal solicitante. Regístrese y publíquese la presente decisión.
LA JUEZ SEXTO DE CONTROL,
DRA. ALBA HIDALGO HUGUET.
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARD ECHETO MAS Y RUBI.
En la misma fecha se registró la presente decisión bajo el N° 976-10, se libro Orden de Incautación y se emitió con oficio signado con el N° 4402-10.
EL SECRETARIO.
AHH/amh.-
Causa Nº6C-S-2178-10
Causa Fiscal: 24-FS-UDIC-1626-10
Asunto: VP02-P-2010-041746