REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, tres (03) de Septiembre del año 2010
200° y 151
Decisión N° 1108-10. Causa N° 3C-6978-10

Vistas las actuaciones presentadas por los Abogs. Fernando Enrique Hércules Hung y Nayhan Andreina Quijada García, en su carácter de Fiscal Titular y Fiscal Auxiliar Trigésimo Quinto Novena del Ministerio Público con Competencia Plena a Nivel Nacional, en donde solicita a éste Tribunal Tercero de Control, el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo establecido en el numeral 2° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, seguida en contra del ciudadano Víctor León Torres, por la presunta comisión del delito de Contrabando, en perjuicio del Estado Venezolano, y por cuanto de la revisión efectuada al escrito presentado por esa representación del Ministerio Publico, a criterio de ese Juzgador no se hace necesario realizar Audiencia Oral, tal como lo establece el artículo 323 Ejusdem, por encontrarse debidamente fundamentado, y en razón de que se trata de un hecho que no puede ser tipificado como delito, según el ordenamiento jurídico venezolano. De lo ante expuesto, este Tribunal de Control previo a resolver observa:
Analizadas como han sido las presentes actas procesales, se evidencia que no existe un hecho tipificado como delito en el ordenamiento jurídico Venezolano, es por lo que este Juzgador considera procedente DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano Víctor León Torres, por la presunta comisión del delito de contrabando, en perjuicio del Estado Venezolano, por cuanto el hecho que originó la presente causa no es típico, en virtud de lo dispuesto en el numeral 2° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.
En consecuencia de los anteriores razonamientos, este JUZGADO TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor del ciudadano Víctor León Torres, por la presunta comisión del delito de Contrabando, en perjuicio del Estado Venezolano, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese y Notifíquese.-
EL JUEZ DE CONTROL,

DR. JESÚS ENRIQUE RINCÓN

LA SECRETARIA,

Abg. KAREN MATA PARRA

En la misma fecha se registró la anterior decisión quedando anotada bajo el N° 1108-10 y se libraron las correspondientes Boletas de Notificación según Oficio N° 3954-10.-

LA SECRETARIA.

Abg. KAREN MATA PARRA