REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, Veintidós (22) de Septiembre de 2010.
200º y 151º
ASUNTO: VP01-L-2010-001504.
Por recibida el día de hoy diligencia de fecha 21 de Septiembre de 2010, suscrita por el abogado en ejercicio AARON BELZARES, obrando con el carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual desiste del procedimiento incoado en contra de las sociedades mercantiles REPRESENTACIONES ZYZ C.A.; MAYORAZO DEL CALZADO, C.A.; DEPORTIVO LINA, C.A.; LINASPORT,C.A.; M.L, C.A.; Y I.R, C.A.; por concepto de cobro de prestaciones sociales, interpuesta en fecha 28 de Junio de 2010, este TRIBUNAL DÉCIMO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LEY, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, le imparte su aprobación y le otorga el carácter de Cosa Juzgada, dando por terminada la causa. ASI SE DECIDE.
LA JUEZ EL SECRETARIO
ABOG. ANA AVILA