REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, VEINTITRES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ.

199 Y 151
Exp. N° 32.170.

Vista la transacción Judicial consignada en el presente juicio de ACCION MERO DECLARATIVA, seguido por la ciudadana PATRICIA JOSE PIETRI HERNANDEZ, CONTRA el ciudadano JOHAN PAUL BASTARDO, expediente N° 32.170, suscrita por los ciudadanos ALCIDES GUATARASMA LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 587.177, actuando en este acto en mi carácter de apoderado judicial de la parte demandante ciudadana PATRICIA JOSE PIETRI HERNANDEZ, y por la otra parte el ciudadano JOHAN PAUL BASTARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.779.665, asistido en este acto por la profesional del derecho ciudadana MARIA PINO PAREDES, abogada, en ejercicio inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 41.067, de este domicilio y por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni lesiona los derecho de ninguna de las partes y versa sobre derecho disponible, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIIVL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologa dicho acto en todas y cada una de su partes y en los términos acordados por los contendiente. Expídanse por secretaria las copias certificadas solicitadas y entréguesele al interesada a los fines legales consiguientes.


Dr. ARTURO JOSE LUCES TINEO,
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


La Secretaria,

Exp. N° 32.170.
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