REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 3 de Septiembre de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2010-006221
ASUNTO : NP01-P-2010-006221
Por recibido y vista la solicitud de prórroga, consignada por la Fiscal Quinta del Ministerio Público Abg. HELENNY JOHANA GUILARTE CENTENO , en la cual solicita ante este Tribunal le sea otorgada la Prórroga establecida en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal de 15 días, en el presente asunto, dónde aparece cómo imputados los ciudadanos DARWIN ALBERTO PULGAR ARANGO, LUIS MANUEL HERNANDEZ PADILLA Y RAICHER JOSE GONZALEZ PHILLIPS, quienes se encuentran involucrados en la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406, Ordinal 1 del Código Penal Vigente venezolano, evidenciándose que el precitado escrito fue presentado en fecha útil, dentro del lapso legal correspondiente, el día 02 del Mes de Septiembre del año 2010, motivado a que faltan que faltan investigaciones para el esclarecimiento de los hechos, en consecuencia, es por lo que este Tribunal primero de Primera Instancia en Funciones de Control del circuito judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la SOLICITUD DE PRÓRROGA, interpuesta por la representante de la fiscalía Quinta del Ministerio Público, por el lapso de QUINCE (15) días, de conformidad a lo que prevé el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en su cuarto y quinto aparte, a los fines de que culmine con las investigaciones y presente el Acto Conclusivo ajustado a derecho. Notifíquese a la Defensa de los imputados y la representación Fiscal. Regístrese y déjese copia de la presente decisión.-
El Juez
ABG. LARRY JOSÉ ZULETA
El Secretario