REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, Jueves Veintitrés (23) de Septiembre de Dos Mil Díez
200º y 151º

ASUNTO : VP01-L-2009-001412

Vista la diligencia presentada por la Apoderada Judicial de la parte actora, y Abogada ZULEMA URDANETA debidamente identificada en dicha diligencia, y mediante la cual DESISTE DEL PROCEDIMIENTO con relación a la codemandada PDVSA , este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, vista la manifestación libre de volunta, sin apremio y coacción y previo las facultades otorgadas por su representado, entre ellas las de convenir y transigir, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el DESISITIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO solicitado; impartiéndole su aprobación y pasándolo en autoridad de cosa juzgado, y declarando terminado el presente procedimiento con relación a la codemandada PDVSA pero subsistiendo el mismo con el resto de las codemandadas en el estado actual el cual se encuentra.
El Juez.
Abog: Alfredo García López El Secretario.
Aboga. Rafael Hidalgo