REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, veinte de septiembre de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: VP01-R-2010-000329
ACTA

Se abrió la sesión presidida por el ciudadano Juez MIGUEL A. URIBE HENRÍQUEZ, con la Secretaria Yasmely Borrego y el alguacil Markuis Guerrero.

Constituido el Juzgado en la Sala de Audiencias de la Coordinación Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), hora fijada a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en el artículo 163 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de apelación ejercido por la parte demandante, contra la sentencia de fecha 30 de abril de 2010, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el juicio que sigue el ciudadano PABLO ARTEAGA, frente a la sociedad mercantil CARBONES DEL GUASARE, S.A.

Se deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Yasmín Marcano, en representación de la parte demandante recurrente, asimismo se deja constancia de la comparecencia del abogado Leonte Landino, en representación de la empresa demandada.

Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra a la parte demandante recurrente a través de su apoderada judicial, quien expuso los motivos de su apelación. Posteriormente, se les concedió el derecho de palabra al apoderado judicial de de la empresa demandada quien expuso los motivos por los cuales debía ser confirmada la sentencia recurrida.

Una vez concluidas las exposiciones, ilustrado como se encuentra el Tribunal, se retiró a deliberar por sesenta minutos. Finalizada la deliberación, el Juez lee la decisión: En nombre de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandante, contra la sentencia de fecha 30 de abril de 2010, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 2) CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano PABLO ARTEAGA, frente a la sociedad mercantil CARBONES DEL GUASARE, S.A. 3) SE REVOCA el fallo apelado. 4) NO HAY CONDENATORIA en costas procesales.

De conformidad con lo establecido en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del presente fallo, con la motivación y demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

EL JUEZ,

MIGUEL A. URIBE HENRÍQUEZ.


LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE RECURRENTE


LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA


LA SECRETARIA


YASMELY BORREGO