JUZGADO SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGIÓN ZULIANA

Maracaibo, 27 de octubre de 2010
200° - 151°
Exp. N° 673-06

En el presente Recurso Contencioso Tributario (Subsidiario) interpuesto por la contribuyente DEPOSITO DE LICORES KUNANA, C.A. en contra de la Resolución No. GRTIRZ-DJT-CRJ-MBS-2006-0794 de fecha 04 de julio de 2006 emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Zuliana del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT); en fecha 14 de julio de 2008 este Tribunal homologó y dio por consumado el desistimiento del presente recurso y le dio el carácter de cosa juzgada al expresado desistimiento, ordenándose notificar de la misma.
En fecha 22 de agosto de 2008, se libro Boleta de notificación dirigida a la Procuradora General de la Republica o cualquiera de sus apoderados Judiciales. El 05 de agosto de 2008 el Alguacil de este Tribunal consignó la mencionada notificación , recibida, firmada por la abogada Elena Oria en su carácter de apoderada sustituta de la Procuradora General de la Republica.
En razón de lo anterior, se considera que las notificaciones ordenadas en dicha sentencia fueron efectivamente cumplidas; y observa este Tribunal con vista del Libro de Diario y del Calendario Judicial que el lapso para apelar a que se contrae el artículo 278 del Código Orgánico Tributario, se venció el 26 de septiembre de 2008.
Es razón de lo anteriormente expuesto, en virtud de haber transcurrido el lapso y observándose la inactividad de la parte en recurrir de la misma, este Tribunal declara firme la sentencia dictada en fecha 14 de julio de 2008, la pone en estado de ejecución y por cuanto no hay más actuaciones que cumplir, este Tribunal da por terminada la presente causa y ordena el ARCHIVO del expediente. CUMPLASE.-
La Juez,

Dra. Maria Ignacia Añez
La Secretaria,

Abog. Yusmila Rodríguez Romero.