REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, veintidós de octubre de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: OP02-L-2010-000237
Visto que concluida la continuación de la Audiencia Preliminar, en fecha catorce (14) de Octubre de 2.010, y consignado como ha sido el escrito de contestación a la demanda, de la parte demandada SALÓN DE BELLEZA MARGARITA, C.A., por su apoderado judicial abogado Adelino Alvarado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 0345, constante de diecisiete (17) folios útiles; en consecuencia, se ordena remitir el presente asunto al Tribunal de Juicio del Trabajo competente, de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese oficio de remisión. Cúmplase.-
La Juez
Dra. Gricelda Martínez Cedeño
La Secretaria
Abg.
GMC/jrm.-