REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA

Maracaibo, 08 de Octubre de 2010
200° y 151°

E EXPEDIENTE Nº: 10252K 11482
PARTE ACTORA: BAJUAN ALBERTO SOTO ESPINA.
PARTE DEMANDADA:
SUCEL CELIS DE SOTO.

FECHA ENTRADA: 23 de Mayo de 2008.
MOTIVO: PARTICIÓN DE COMUNIDAD HEREDITARIA.

Visto el Desistimiento efectuado por el profesional del derecho HUMBERTO LINARES BRACHO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 47.866, apoderado judicial del ciudadano JUAN ALBERTO SOTO ESPINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.800.890, parte actora en el presente juicio de PARTICIÓN DE COMUNIDAD HEREDITARIA, y por cuanto este Tribunal considera que el referido Desistimiento no lesiona derechos fundamentales protegidos por la Constitución Nacional ni ley especifica alguna, procede a impartir la aprobación que se le requiere y en consecuencia HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO realizado por el profesional del derecho HUMBERTO LINARES BRACHO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 47.866, apoderado judicial del ciudadano JUAN ALBERTO SOTO ESPINA, antes identificado, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros- Se ordena el archivo del presente expediente.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en los ordinales 3° y 9° del Artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y de conformidad en lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y 1.384 del Código Civil.

Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en Maracaibo a los ocho (08) días del mes de Octubre de Dos Mil Diez. Año: 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO LA SECRETARIA

DR. CARLOS RAFAEL FRÍAS. ABG. MARIA ROSA ARRIETA FINOL
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior Resolución, anotada bajo el No. 23
LA SECRETARIA

ABG. MARIA ROSA ARRIETA FINOL