REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-

EXPEDIENTE NÚMERO 1974.
SENTENCIA DECLARANDO LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA

En fecha 01 de julio de 2.009, se recibió, se le dio entrada y se admitió la demanda de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, propuesta por el ciudadano DANIEL JOSÉ CHACÍN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 10.447.418, domiciliado en el Municipio Autónomo Maracaibo del estado Zulia, actuando en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil INVERSIONES GLOBAL CAR´S, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, de fecha 29-012-2.005, anotado bajo el No. 54, Tomo 35-A, asistido por el abogado en ejercicio DENYS J. TAPIA SILVA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 17.876, en contra del ciudadano OMAR JESÚS CHÁVEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 6.246.230, de este mismo domicilio, para que convengan o a ello sea obligado por este Tribunal en la Resolución del Contrato de Opción a Compra Venta, suscrito entre las partes y en pagar la cantidad de setenta y ocho mil ochocientos cuarenta bolívares (Bs. 78.840,00) por concepto de saldo restante del monto total de la venta del vehículo Clase: Automóvil, Tipo: Sedan, Modelo: Mazda 3, Año: 2.007, Marca: Mazda, Uso: Particular, Serial de Carrocería: 9FCBK456970102235, Serial de Motor: Z6532823, Color: Beige: Placas: VCP74B.
El Tribunal para decidir observa.
El artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, establece: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la Perención…”
El fundamento del instituto de la perención de la instancia reside en dos distintos motivos: De un lado, la presunta intención de las partes de abandonar el proceso que se muestra en la omisión de todo acto de impulso (elemento subjetivo) y de otro, el interés público de evitar la pendencia indefinida de los procesos para ahorrar a los jueces deberes de cargos innecesarios. Después de un período de inactividad procesal prolongado, el Estado tiende a liberar a sus propios órganos de la necesidad de proveer las demandas y de todas las actividades derivadas de la existencia de una relación procesal (cfr. CHIOVENDA, José: Principios…II, p.428)”.
Ahora bien, el Tribunal examina y verifica que el último acto de procedimiento lo constituye un auto del Tribunal ordenando citar a la parte demandada ciudadano OMAR JESÚS CHÁVEZ, por medio de carteles de conformidad con lo establecido en el articulo 223 del Código de Procedimiento Civil, de fecha 18-09-2.009, transcurriendo más de un año sin que las partes ejecutaran algún acto de procedimiento en el expediente.
En consecuencia, ha operado la perención de la instancia de conformidad con el primer parágrafo del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.
Por todos los fundamentos expuestos, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara perimida la instancia en la presente causa.
Regístrese. Publíquese. Notifíquese a la parte actora.
Déjese copia certificada por secretaría de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, sellada y firmada en la Sala del despacho del Juzgado Cuarto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo a los catorce (14) días del mes de octubre de 2.010. Años: 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
LA JUEZ TITULAR,

Abog. GLENY HIDALGO ESTREDO
EL SECRETARIO,

Abog. JUAN CARLOS CROES
En la misma fecha se dictó y publicó el anterior fallo previo cumplimiento de las formalidades de ley, siendo las nueve (9:00) de la mañana. Se expidió la copia ordenada por secretaría y se archivó en el copiador. EL SECRETARIO.



GHE/jlg.-