REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO,
COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Santa Bárbara de Zulia, 27 de Octubre de 2010
200º.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-y.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.--.-.-.-.151º
En el día de hoy, veintisiete (27) de Octubre del Dos Mil Diez (2010), día y fecha fijado y acordado para llevar a efecto este acto, y siendo las 2:15 de la tarde, se trasladó y constituyó este Juzgado Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Jesús María Semprún, Catatumbo, Colón, Francisco Javier Pulgar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, al señalamiento de la ciudadana Ejecutante: ALBA MERCEDES MOGOLLON ACEVEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 12.494.227, debidamente asistida en este acto por la Defensora Pública Primera para el Área de Protección del niño, niñas y adolescente, adscrita a la Unidad de Defensa, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ABG. MARIA MILAGROS SUAREZ, en la Sede de la Empresa de ENELVEN, ubicada al lado de la Institución Financiera BANCO DE VENEZUELA, en la avenida Bolívar de la Población y Parroquia Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, a los fines de practicar MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO sobre los siguientes conceptos: PRIMERO: La cantidad de DOS MIL CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 2.400,oo) correspondiente a las pensiones de obligación alimentaria que ha dejado y que corresponden a los meses de AGOSTO, SEPTIEMBRE y OCTUBRE del presente año 2010 y las cuales serán canceladas en seis (06) cuotas mensuales de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400,oo) adicionales a los OCHOCIENTOS (Bs.800,oo) que corresponden por obligación de manutención y que deberán ser depositadas a la Cuenta de Ahorro nro. 1750048140060335928 perteneciente a La Entidad Bancaria BICENTENARIO y cuyo Titular es la Guardadora alimentaria ciudadana ALBA MERCEDES MOGOLLON ACEVEDO. SEGUNDO: La cantidad de VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 28.800,oo) que corresponden a las TREINTA Y SEIS pensiones futuras, en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra forma de terminación de la relación laboral a fin de resguardar la seguridad alimentaria del adolescente y el niño de auto. Cantidades que deberán ser remitidas mediante Cheque de Gerencia a nombre del Juzgado de los Municipios Catatumbo y Jesús María Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a fin de aperturar una cuenta a nombre de los menores de auto, según lo ordenado en el expediente signado con el N°. 637 por el Tribunal antes mencionado, en el juicio que se le sigue al ciudadano JOEL ANTONIO BRACHO VERA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°.11.972.282, para lo cual fue suficientemente comisionado este Juzgado.- Esta Jurisdicción procede a Notificar de la presente Medida a la ciudadana LICENCIADA EN ADMINISTRACIÓN CARMEN RUEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°.10.682.401, quien manifestó al Tribunal ser la Ejecutiva de agencia de esta Empresa. Esta Jurisdicción Administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, declara: embargados Ejecutivamente los conceptos Ut-Supra identificados, según lo ordenado por el Juzgado de los Municipios Catatumbo y Jesús María Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Siendo las 2:45 P. M, se dio por cerrado el acto. Terminó, se leyó y conforme firman.-
El Juez,
ABG. Francisco Javier González
La Ejecutante y su Abogada asistente,
La Notificada,
El Secretario,
José Damacio Rodríguez Flores.-
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO,
COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Santa Bárbara de Zulia, 28 de Octubre de 2010
200º.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-y.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.--.-.-.-.151º
Cumplida como ha sido la presente comisión, se ordena devolver Original con sus resultas al Juzgado Comitente, mediante Oficio. Cúmplase.-
El Juez,
ABG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ
El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES
En la misma fecha conforme a lo ordenado se devuelve, constante de Catorce (14) folios útiles, mediante Oficio número 6150-128.-
El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES
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