REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO,
COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Santa Bárbara de Zulia, 26 de Octubre de 2010
200º.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-y.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.--.-.-.-.151º


En el día de hoy, Veintiséis (26) de Octubre del año Dos Mil Diez (2010), día y fecha fijado y acordado para llevar a efecto este acto, y siendo las 9:40 de la mañana, se trasladó y constituyó este Juzgado Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Jesús María semprún, Catatumbo, Colón, Francisco Javier Pulgar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, al señalamiento de la ciudadana Ejecutante: CARMEN ELENA CAMARILLO DE GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 4.332.359, quién actúa con el carácter de Apoderada Judicial de la parte actora, en el Rectorado de la Universidad Nacional Experimental (UNESUR), ubicada en la población y Parroquia de Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón, Estado Zulia, a los fines de practicar MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO sobre los siguientes conceptos: PRIMERO: Como pensión de alimento el 30% del salario mensual que devengue el demandado JHONNY ANIBAL PEÑA SAAVEDRA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 10.104.550, más las primas por hijos que le correspondan. SEGUNDO: En el mes de Septiembre para los gastos escolares el 30%. TERCERO: Para la época de Navidad y fin de año para la compra de vestidos, ropa interior y zapatos, el 50% del bono de fin de año. CUARTA: El 40% por ciento del bono vacacional.- Dichas cantidades de dinero una vez retenidas deberán ser depositadas en cuenta de ahorro del Banco Occidental de Descuento N°. 0116011030003490820 a nombre de la ciudadana CLARET ZULMERI BRICEÑO RODRIGUEZ. Y en caso de terminar su relación laboral por retiro voluntario, despido, jubilación, muerte, o cualquier otra causa que dé por terminada la relación laboral se le deberán retener el 30% de sus Prestaciones Sociales, para garantizar las pensiones futuras de los menores, las cuales serán incrementadas anualmente en la misma proporción que se incremente el salario y los bonos del obligado, dicha cantidad deberá ser remitida en su oportunidad en CHEQUE DE GERENCIA a nombre del Tribunal de los Municipios Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en la población de Santa Bárbara de Zulia, en el Edificio Los Tribunales al lado del Comando de la Guardia Nacional, para aperturar una cuenta a nombre de los menores de auto, y así garantizar el pago de las pensiones presentes y futuras. Así mismo se ordena el embargo de la cantidad de QUINCE MIL SETECIENTOS SESENTA Y DOS BOLIVARES CON TREINTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 15.762,32) por concepto de diferencias de: Pensión de alimento, bono vacacional 2008-2009, bono de fin de año 2008-2009 y Primas por hijos atrasadas. Esta Jurisdicción ubicada en la Oficina de Talento Humano de esta Universidad procede a notificar de la presente Medida al ciudadano ABG. LAURO ANTONIO GUTIERREZ GRIMALDO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°.7.902.842, quien manifestó al Tribunal ser abogado de la Oficina de Talento Humano. Esta Jurisdicción Administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, declara: EMBARGADOS EJECUTIVAMENTE los conceptos Ut-Supra identificados, según lo ordenado por el Juzgado de los Municipios Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en la población de Santa Bárbara de Zulia, en el Edificio Los Tribunales, al lado del Comando de la Guardia Nacional. Enmendado: De alimento, obligado, guardia, cantidad. Valen. Siendo las 10:00 A. M, se dio por cerrado el acto. Terminó, se leyó y conformes firman.-

El Juez,
ABG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ
La Apoderada Judicial de la parte Ejecutante,
El Notificado,
El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES.-

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO,
COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Santa Bárbara de Zulia, 26 de Octubre de 2010
200º.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-y.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.--.-.-.-.151º

Cumplida como ha sido la presente comisión, se ordena devolver Original con sus resultas al Juzgado Comitente, mediante Oficio. Cúmplase.-
El Juez,
ABG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ
El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES

En la misma fecha conforme a lo ordenado se devuelve, constante de ocho (08) folios útiles, mediante Oficio número 6150-127.-
El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES