REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.

COMISIÓN: 4850-10

En el día de hoy jueves veintiuno (21) de octubre de dos mil diez (2010), siendo las nueve y cincuenta minutos de la mañana (9:50 a.m.), de conformidad con lo acordado, a pedimento de parte y con la habilitación del tiempo que fuere necesario, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en un inmueble conformado por un apartamento distinguido con el Nro. 1-C, planta primera del Conjunto Residencial “Parque La Colina”, Torre Zulia, ubicado entre la avenida Circunvalación numero 1 y la avenida 24, sector “Los Claveles”, en Jurisdicción de la Parroquia Cecilio Acosta del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, sitio señalado por el apoderado judicial de la parte actora abogado en ejercicio MELQUIADES PELEY, Venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nos. V- 5.850.850 inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 37.885, a objeto de llevar a efecto la ejecución de la MEDIDA DE SECUESTRO decretada por el JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con motivo del juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO tiene incoado la ciudadana CARMEN MILAGROS TROCONIS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.: V-7.775.337, en contra de las ciudadanas NADIN DEL CARMEN PETIT URRECHEAGA y MARILU URRECHEAGA, venezolanas, mayores de edad, portadoras de las cédulas de identidad Nros. V-10.417.601 y V-3.506.187 respectivamente. Una vez constituido el Tribunal en la dirección ya indicada procede a notificar de su misión a la parte demanda ciudadanas NADIN DEL CARMEN PETIT URRECHEAGA y MARILU URRECHEAGA BAUTISTA, antes identificadas, asistidas en este acto por el abogado en ejercicio HUMBERTO JOSÉ LINARES BRACHO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.611.715, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 47.866. Acto seguido el Tribunal procede a designar como Practico al ciudadano ALBERTO JOSE NAVARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.510.222, con domicilio en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, quien estando presente aceptó el cargo y fue juramentado de la manera siguiente: Jura usted cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo recaído en su persona; y contestó: “Lo Juro”. Acto seguido el Tribunal procede a designar como SECUESTRATARIA JUDICIAL del bien inmueble objeto de la presente medida, por designación emanada del juzgado de la causa, a la parte actora ciudadana CARMEN MILAGROS TROCONIS, antes identificada, representada en este acto por su apoderado judicial abogado en ejercicio MELQUIADES PELEY, antes identificado, quien estando presente aceptó el cargo y fue juramentado por el Tribunal de la manera siguiente: Jura usted cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo recaído en su persona; y contestó: “Lo Juro”. En este estado presente el apoderado judicial de la parte actora abogado en ejercicio MELQUIADES PELEY, identificado ut-supra, expuso: “En virtud de que entraré en conversaciones con la parte demandada a los fines de llegar a un convenimiento en el presente juicio, solicito al Tribunal se abstenga de ejecutar la presente medida por el día de hoy”. El Tribunal visto el pedimento hecho por el apoderado judicial de la parte actora, se ABSTIENE de ejecutar la presente medida de secuestro y ordena el regreso a su sede. Este Tribunal Ejecutor de Medidas deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido en los Artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y así lo hacen constar las partes intervinientes y firmantes de la presente acta. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las once y cuarenta minutos de la mañana (11:40 a.m.), del día de hoy.
LA JUEZ

DRA. MARTHA ELENA QUIVERA
LAS NOTIFICADAS PARTE DEMANDADA
Y SU ABOGADO ASISTENTE
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE
ACTORA-SECUESTRATARIA



EL PRÁCTICO
EL SECRETARIO TEMPORAL



ABOG. LEONEL CASTELLANOS D’ BOURG