REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
COMISION No. 4.880.-
En el día de hoy, 19 de Octubre del año dos mil diez, siendo las 10:15 AM, de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la empresa PLASTICOS KADIA S.A (PLASKASA), ubicada en la Avenida 68, con esquina 66 detrás de Avipollo, Zona Industrial Sur, I etapa, del Municipio San Francisco del Estado Zulia, objeto de llevar a efecto la medida preventiva de Embargo decretada por el JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 03. EXP: No. 17.317. Con motivo del Juicio de OBLIGACION DE MANUTENCION seguido por la ciudadana JANE CAROLINA JIMENEZ FERNANDEZ, portadora de la Cédula de Identidad No. 14.084.775, obrando en interés y beneficio del niño JANEYCER JESUS PEREIRA JIMENEZ, en contra del ciudadano CERVIN ALBERTO PEREIRA CHAPARRO, portador de la Cédula de Identidad No. 17.182.903.- En este estado presente el ciudadano (a): PAOLA CELIS, titular de la Cédula de Identidad No.13.372.469, quién se identifico con el carácter de ASESOR JURIDICO. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado decretó MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO ordenando retener: A) EL VEINTE POR CIENTO (20%) mensual del salario que devenga el ciudadano CERVIN ALBERTO PEREIRA CHAPARRO, antes identificado, al servicio de la empresa PLASKASA.- B) EL VEINTE POR CIENTO (20%) de las utilidades o bonificaciones especiales de fin de año.- C) EL VEINTE POR CIENTO (20%) de las vacaciones y/o bono vacacional que perciba. D) EL CIEN POR CIENTO (100%) sobre primas por hijos, útiles escolares y juguetes (en caso de que perciba dicho concepto).- E) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las Prestaciones Sociales, caja de ahorros, Fideicomiso o cualquier otra cantidad que le corresponda al ciudadano antes mencionado en caso de cesar la relación laboral.- Las cantidades a retener en los conceptos establecidos en los literales “A, B, C y D” deberá ser entregadas directamente a la demandante de autos ciudadana JANE CAROLINA JIMENEZ FERNANDEZ, portadora de la Cédula de Identidad No. 14.084.775, o remitirlas al Tribunal de la causa y la cantidad contenida en el literal “E” deberá ser remitida en Cheque de Gerencia a nombre del JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 03. EXP. No. 17.317. ESTE TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA ORDENA RETENER, las cantidades de dinero por los conceptos salario mensual, utilidades o aguinaldos y bonificaciones especiales, vacaciones y bonos vacacionales, primas por hijos y útiles escolares, prestaciones sociales e intereses, caja de ahorros, fideicomiso y cualquier otra cantidad que le pueda corresponder al ciudadano CERVIN ALBERTO PEREIRA CHAPARRO, identificado en actas.- En este estado el (la) notificado (a), anteriormente identificada con el carácter antes indicado, expuso: En nombre de mí representada, me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios para la Empresa que represento, a los fines de dar perfecto cumplimiento a la medida decretada por el Juzgado de la causa de las cuales doy a mi representada por notificada. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y así lo hacen constar las partes intervinientes.- Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 10:20 AM.
LA JUEZ,
DRA. MARTHA ELENA QUIVERA
EL NOTIFICADO (A) EL SECRETARIO TEMPORAL:
ABOG. LEONEL CASTELLANOS D’ BOURG
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