En el día de hoy veintiocho (28) de Octubre del año dos mil diez, (2.010), siendo las 3:00 en punto de la mañana, a los fines de dar continuida a la ejecución fijada por este JuzgadoSegundo Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, Santas Rita, Simón Bolivar, Lagunillas, Valmore Rodríguez, Miranda y Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, y para la cual fue comisionado este tribunal constituido por la Juez GREGORIA MEJIAS, la secretaria RISOLENA LOLLI y cumpliendo lo establecido en el articulo 55 de la constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, el tribunal se hizo acompañar de la fuerza publica para la custodia por los efectivo de la Guardia Nacional Bolivariana, a cargo del Sargento Mayor de Primera Bernardo Amaya, titular de la cedula de identidad Nº V-9.803.331 y por la infantería Marina de la armada venezolana el ciudadano ROBAY JOSE SANCHEZ RAMIREZ, titular de la cedula de identidad Nº V-13.304.522, sargento Primera. Se traslado y constituyo en un inmueble constituido por un apartamento signado con el numero C-19233, 1er piso del bloque 19, ubicado en la calle principal del campo Florida Grande en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia a señalamiento del apoderado actor, Abogado orlando Acosta , titular de la cedula de identidad Nº 4.665.685 e inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 115.615 para llevar a efecto la ejecución de la medida de Secuestro decretada en el juicio de querella Interdictal Restitutoria seguido por la Sociedad Mercantil PDVSA PETROLEO S.A en contra de los ciudadanos RAMON RAMIREZ DIVER MENDOZA, VERÓNICA ACOSTA Y OTROS, incoado por ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas