El día de hoy, 22 de Octubre del año Dos Mil Diez(2010), siendo las 2:20 de la tarde, procedió este Juzgado al traslado al municipio Lagunillas para dar cumplimiento a la misión ordenada de la medida de embargo preventivo, decretada en el Juicio de DIVORCIO ORDINARIO seguido por la Ciudadana : JUAN PABLO DURAN PORTILLO, Titular de la Cedula de Identidad N° V-15.009.156 contra la Ciudadana: MARIA ANGELICA PERAZ VASQUEZ, Titular de la Cédula de Identidad N°V-15.193.862 por ante TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Maracaibo, y para lo cual fue Comisionado este Tribunal.- A señalamiento del apoderado(a) judicial de la parte demandada abogado(a) en ejercicio MARIA JOSE HINESTROZA, titular de la cedula de identidad N° V-e inscrita en el inpreabogado bajo el Nª 110.717, se trasladó y constituyó siendo las 3:00 de la tarde este Órgano Ejecutor de Medidas en la sede de la empresa SCHLUMBERGER DE VENEZUELA, S.A ubicada en: la Avenida Intercomunal sector las Morochas N° 312 en ciudad Ojeda Municipio Lagunillas del estado Zulia_.- Una vez allí constituido procedió a notificar del objeto de su traslado al Ciudadano (a): Biviana Elvira Vence Leones, Venezolano (a), Mayor de edad, titular de la cédula de Identidad número: V-9.781.285 en su carácter de: Supervisora de relaciones Laborales de la empresa SCHLUMBERGER DE VENEZUELA, S.A.-En este estado presente el(la) apoderado(a) actor(a) Maria José Hinostroza, antes identificado(a), expuso: Señalo al tribunal para que sea embargado preventivamente EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las cantidades de dinero que por los conceptos de PRESTACIONES SOCIALES, VACACIONES, BONO VACACIONAL, BONOS EXTRAORDINARIOS, UTILIDADES VENCIDAS O POR VENCER correspondientes a periodos anteriores o actuales, y primas que le correspondan al ciudadano JUAN PABLO DURAN PORTILLO, antes identificado como trabajador al servicio de SCHLUMBERGER DE VENEZUELA, S.A -Las cantidades de dinero embargadas deberán ser remitidas en cheque de gerencia a la orden del TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Maracaibo.-
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