ASUNTO : VP02-S-2010-007879
RESOLUCION : 1829

Vistas y oídas las manifestaciones de las partes en la audiencia de presentación del imputado, y revisadas las actas procesales muy especialmente: el acta policial levantada por funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Machiques, una vez realizada la aprehensión del ciudadano ELVIS DIAN FERNANDEZ FERNANDEZ, de nacionalidad Venezolana, natural de Machiques, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad V-21.371.932, residenciado en el Sector Terepaima, calle 8, casa sin número, San José, Machiques, estado Zulia, cuyo contenido parcialmente reza: Siendo las 12:55 horas de la tarde, de la presente fecha, encontrándome en la oficialia de guardia de esta Sede, recibí llamada vía telefónica de parte de la ciudadana Abogado YANARIS ALVILLAR……..con el ciudadano ….. Juez 1ero de Control……., el mismo autorizo Urgente Aprehensión en contra del ciudadano Investigado……hacia la siguiente dirección: Población San José, sector Terepaima, calle 8, casa sin número, Machiques estado Zulia…….Folio (14). 1) Que en fecha 20 de octubre de 2010 se recibió denuncia por el ciudadano JHON DE LA ROSA, progenitor de la niña DANIELA DE LA ROSA PEREZ, de 10 años de edad, quien es la victima y manifestando que su padrastro de nombre ELIVIS DIAN FERNANDEZ, la violo. 2) Se desprende del Reconocimiento Medico Legal, Ginecológico y Ano Rectal practicado a la niña victima en la presente causa, en las Conclusiones (Desgarro Antiguo), los desgarro ante mencionados fueron realizados por un objeto duro y romo que se asemejan aun pene erección o palo de mas de 10 días de evolución. Ano Rectal: Normal. Vistos los elementos de convicción obtenidos por el Ministerio Público debe este juzgador declarar con lugar la solicitud del Ministerio Público en cuanto a la Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del ciudadano ELVIS DIAN FERNANDEZ FERNANDEZ, por ser el presunto autor y responsable del delito de ABUSO SEXUAL AGRAVADO Y CONTINUADO A NIÑA previsto y sancionado en el articulo 259 en relación con el primer y segundo aparte de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con el artículo 99 del Código Penal en perjuicio de la niña DANIELA SOFIA DE LA ROSA PEREZ. Se acuerda como centro de Reclusión el Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite. Y así se declara.

DISPOSITIVA

Por todo lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO CON FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS, CON COMPETENCIA EN LOS DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud formulada por la representación Fiscal del Ministerio Publico, y en consecuencia se Decreta Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del ciudadano ELVIS DIAN FERNANDEZ FERNANDEZ, ya que la hechos narrados y los elementos de convicción encuadra en tipo penal de de ABUSO SEXUAL AGRAVADO Y CONTINUADO A NIÑA previsto y sancionado en el articulo 259 en relación con el primer y segundo aparte de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con el artículo 99 del Código Penal en perjuicio de la niña DANIELA SOFIA DE LA ROSA PEREZ. SEGUNDO: Se acuerda como centro de Reclusión el Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite. Remítanse con oficio. Regístrese y publíquese la presente decisión.
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL

ABOG. JOEL DARIO ALTUVE PATIÑO
LA SECRETARIA,


ABOG. YOCELIN BOSCAN.