ASUNTO : VP02-S-2010-007879
RESOLUCION : 1803
Vista la solicitud vía telefónica realizada por la FISCALA AUXILIAR 33 DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Abogada YANARI ALVILLAR POLANCO, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 ULTIMO APARTE del Código Orgánico Procesal Penal, en la cual peticiona se Acuerde la Aprehensión del ciudadano ELVIS DIAN FERNANDEZ FERNANDEZ, de nacionalidad Venezolana, natural de Machiques, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad V-21.371.932, residenciado en el Sector Terepaima, calle 8, casa sin número, San José, Machiques, estado Zulia, fundamentando tal petición en lo señalado en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal se evidencia que nos encontramos en presencia de un hecho punible que merece pena privativa de libertad y cuya acción penal no se encuentra evidentemente prescrita, como lo es el delito de ABUSO SEXUAL AGRAVADO Y CONTINUADO A NIÑA, previsto y sancionado en el artículo 259 en relación con el primer y segundo aparte de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, en concordancia con el artículo 99 del Código Penal cometido en perjuicio de la Niña DANIELA SOFIA DE LA ROSA PEREZ, de 10 años de edad. Ahora bien quien aquí decide, una vez formalizada la solicitud en tiempo hábil por la representación fiscal y estudias las actas procesales, debe hacer las siguientes consideraciones: 1) Que en fecha 20 de octubre de 2010 se recibió denuncia por el ciudadano JHON DE LA ROSA, progenitor de la niña DANIELA DE LA ROSA PEREZ, de 10 años de edad, quien es la victima y manifestando que su padrastro de nombre ELIVIS DIAN FERNANDEZ, la violo. 2) Se desprende del Reconocimiento Medico Legal, Ginecológico y Ano Rectal practicado a la niña victima en la presente causa, en las Conclusiones (Desgarro Antiguo), los desgarro ante mencionados fueron realizados por un objeto duro y romo que se asemejan aun pene erección o palo de mas de días de evolución. Ano Rectal: Normal. Vistos los elementos de convicción obtenidos por el ministerio público debe este juzgador declara con lugar la solicitud del Ministerio Público, en relación a la Orden de aprehensión del ciudadano de autos. Y así se declara.
DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO CON FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS, CON COMPETENCIA EN LOS DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud formulada por la representación Fiscal del Ministerio Publico, y en consecuencia se Decreta ORDEN DE APREHENSIÓN, en contra del ciudadano ELVIS DIAN FERNANDEZ FERNANDEZ, de nacionalidad Venezolana, natural de Machiques, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad V-21.371.932, residenciado en el Sector Terepaima, calle 8, casa sin número, San Jose, Machiques, estado Zulia. SEGUNDO: Se acuerda librar la ORDEN DE APREHENSIÓN, a los fines de la localización y aprehensión del antes identificado ciudadano ELVIS DIAN FERNANDEZ FERNANDEZ, conforme lo estatuido en el artículos 44, ordinal 1º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en concordancia con lo establecido en los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal. ASÍ SE DECIDE. Líbrense la respectiva orden de Aprehensión y remítanse con oficio. Regístrese y publíquese la presente decisión.
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABOG. JOEL DARIO ALTUVE PATIÑO
LA SECRETARIA,
ABOG. DORIS MORA QUERALES.
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