REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, quince (15) de octubre de dos mil diez (2010)
200º y 151º
ASUNTO: VP01-L-2010-000368.
Revisada el día de hoy, transacción realizada el día veinticuatro (24) de Septiembre del presente año, por el ciudadano EDWARD JHON MARQUEZ URDANETA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-12.256.530, domiciliado en la ciudad y municipio Maracaibo del estado Zulia, asistido por la abogada en ejercicio NORCY GONZALEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el número 128.643, en su carácter de parte actora y por la otra parte, el ciudadano IVAN RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, inscrito en el inpreabogado bajo el número 132.971, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, Sociedad Mercantil CONTROL P C.A., COMUNICACIÓN GRAFICA INTEGRAL; donde las partes de mutuo acuerdo han convenido en celebrar transacción en relación a las PRESTACIONES SOCIALES del ciudadano EDWARD JHON MARQUEZ URDANETA, con el fin de dar por terminado el presente litigio y por cuanto es beneficioso para ambos y no viola los derechos irrenunciables del trabajador, convienen en que la Sociedad Mercantil CONTROL P C.A., COMUNICACIÓN GRAFICA INTEGRAL, le cancele al trabajador EDWARD JHON MARQUEZ URDANETA, la cantidad de TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE BOLIVARES CON CUARENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs.3.859,44), cancelados en el acto mediante un (01) Cheque Numero 74002733 girado en contra del BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, de fecha veintitrés (23) de Septiembre de 2010. Este Tribunal visto que la misma reúne los requisitos establecidos en el Parágrafo Único del Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo; 10 y 11 de su Reglamento, por lo cual no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, este Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la Reduplica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL, presentado por las partes, se le imparte el carácter de cosa juzgada y se ordena archivar el expediente.

La Juez
Dra. Ana Ávila.




El Secretario.