REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal de Ejecución Sección Adolescente
Maturín, 13 de Octubre de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2010-000038
ASUNTO : NP01-D-2010-000038
Visto Escrito presentado por el ciudadano Defensor Público ABG. FELIPE SANCHEZ en su carácter de Defensor Público de la Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, quien solicita a este Tribunal autorice permiso para que su defendida, asista a visitar a su Abuela paterna,. Este Tribunal observa que la adolescente IDENTIDAD OMITIDA se encuentra en de la Entidad Socio Educativa Dr. Jesús María Rengel y sobre ella pesa la medida Privativa de Libertad. La doctrina de Protección integral se funda en la doctrina de los Derechos Humanos, y los instrumentos jurídicos en los que reposa esa doctrina señalan que en todas las fases del proceso el adolescente conserva sus derechos y uno de ellos es el mantenimiento de sus relaciones familiares, y en este caso en particular cuando una abuela es una persona tan importante para un ser humano y más aún para una persona en desarrollo como lo es un adolescente, además del plan individual como de las evoluciones del plan individual de la sancionada se desprende que vive con su abuela ha sufrido abandono de sus padres, considero que la razón es suficientemente válida para conceder el permiso solicitado y así se decide.
DISPOTITIVA:
Este Tribunal Por los razonamientos anteriormente expuestos, los cuales son orientados por los Principios mínimos generales de contención y limites al Sistema Penal del Adolescente, así como las Disposiciones que en este sentido contraen las Normas Legales Especializadas, los instrumentos internacionales para la Justicia de Jóvenes y la propia Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este Tribunal Segundo de Control en Materia de Responsabilidad Penal del Adolescente, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley acuerda Autorización para que la adolescente IDENTIDAD OMITIDA sea conducida y acompañado por una maestra, guía o Trabajadora social de la entidad así como por la Representante de los Derechos Humanos del Ministerio del Poder Popular de Relaciones interiores y Justicia Abg. CELSY PEINADO desde donde se encuentra privada de libertad. Ofíciese lo conducente.
La Juez
Abg. DILIA MENDOZA.
La Secretaria,
Abg. MARIA GABRIELA BRITO
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