ACTA



Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2010-001579
PARTE ACTORA: JOSE RAMON BUSTOS CEPEDA
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: JAIRO DELGADO
PARTE DEMANDADA: LE MIRAGE, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Luís navarro y Lilia Montiel
MOTIVO: Prestaciones Sociales.

En el día hábil de hoy,19 de Octubre de 2010, siendo las 2:55 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos JOSE RAMON BUSTOS CEPEDA y LE MIRAGE, C.A. en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de diez mil Bolívares fuertes para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar, los cuales le son entregados al ciudadano extrabajador en este acto a través de cheque girado en contra de la Institución Financiera B.O.D. Banco Occidental de Descuento por el mismo monto signado bajo el numero: 04009655 del cual se deja copia simple para ser agregado al expediente. En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente.. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Las partes presentan escrito de acuerdo el cual se ordena agregar al expediente. Se deja expresa constancia de la devolución de las pruebas aportadas al proceso a las partes.


El Juez

La Secretaria

Abg. Frank Guanipa





Los Presentes