REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN MARACAIBO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución
del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, 8 de octubre de 2010
200º y 151º
ASUNTO: VP01-L-2010-000192
AUTO
Visto el contenido del Acta (y anexo que anteceden), suscrita por las partes de la presente causa (reclamante y reclamada), vale decir, por la demandante ciudadano LIBALDO ISEA, titular de la Cédula de Identidad No. 11.258.256, debidamente asistido por la ciudadana Abogada ELIZABETH ANDRADE y, la ciudadana Abogada YASNELIS HERNÁNDEZ, actuando en su acreditada condición de Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil ESTACIÓN SE SERVICIO “EL 56” C.A., contentiva del “Acuerdo de Pago” celebrad por las mismas con el ánimo de dar por terminada la causa, este Tribunal procede de inmediato a HOMOLOGAR la misma por no ser contraria al orden público y por no violar derechos laborables de carácter irrenunciable del referido trabajador, dándole el carácter de COSA JUZGADA.
Se ordena el archivo definitivo del expediente.
El Juez
Abog. Samuel Santiago Santiago
La Secretaria
Abog. Ana Mireya Pérez