ACTA

No. DE EXPEDIENTE: VP01-L-2010-002060
DEMANDANTE: IROSKA TROCONIS.
APODERADA DE LA DEMANDANTE: Abog. CAROLINA COLINA.
PARTES DEMANDADAS: SOCIEDADES MERCANTILES MAXXISCORP VENEZUELA C.A., GLOBAL CARGO C.A., TIREX C.A. y ODISSEY C.A.
APODERADO DE LA SOCIEDAD MERCANTIL MAXXISCORP VENEZUELA C.A.: Abog. JESÚS HERNÁNDEZ.
APODERADO DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES GLOBAL CARGO C.A., TIREX C.A. y ODISSEY C.A.: NO CONSTITUYERON APODERADOS.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy, 26 de octubre de 2010, siendo el día y la hora para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente causa, se deja expresa constancia de la comparecencia de la codemandada Sociedad Mercantil MAXXISCORP VENEZUELA C.A., representada por el ciudadano Abogado JESÚS HERNÁNDEZ, en su condición de Apoderado Judicial de la misma (según consta de documental que consigna en el presente acto) y de la incomparecencia de la demandante ciudadana IROSKA TROCONIS, suficientemente identificada en actas, ni por sí, ni por medio de apoderado, por lo que de conformidad con lo previsto en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la República Bolivariana de Venezuela, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y TERMINADO el PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.


El Juez


Abog. SAMUEL SANTIAGO SANTIAGO


La Secretaria


El Apoderado Judicial de la codemandada Sociedad Mercantil MAXXISCORP VENEZUELA C.A.