REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Superior del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, diecinueve de octubre de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: VP01-R-2010-000426

ACTA


Se abrió la sesión presidida por el ciudadano Juez MIGUEL A. URIBE HENRÍQUEZ, con la asistencia de la Secretaria YASMELY BORREGO y el Alguacil Nick Montenegro.

Constituido el Juzgado en la Sala de Audiencias de la Coordinación Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en el artículo 137 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de apelación ejercido por la parte actora, contra la sentencia de fecha 13 de agosto de 2010, dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en relación al juicio que sigue el ciudadano ANTONIO GUTIÉRREZ GUILLEN, en contra SUPLI- MOTORS C.A. y SERVICIOS INDUSTRIALES, MECÁNICOS Y RECTIFICACIÓN NIKO C.A. (RECTINIKO C.A).

Se deja constancia de la comparecencia de la representación judicial de la parte demandante recurrente, abogados Gerardo Baralt y David Casas; así mismo se deja constancia de la comparecencia de la representación judicial de las co-demandadas, abogada Beatriz Pérez.

Seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la parte demandante recurrente y demandada, quienes expusieron sus alegatos. Finalizadas las exposiciones, el Juez se retiró por 60 minutos, después de los cuales procedió a dictar el dispositivo del fallo en los siguientes términos: Por lo expuesto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el demandante ANTONIO GUTIÉRREZ en contra de la sentencia de fecha 13 de agosto de 2010, dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 2) SIN LUGAR la solicitud de declaratoria de medida cautelar interpuesta por la parte actora. 3) SE CONFIRMA el fallo apelado. 4) NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS. Se deja constancia que la sentencia será publicada dentro de los 5 días hábiles siguientes al de hoy. Se deja constancia que la audiencia fue reproducida en forma audiovisual de conformidad con el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se retira el Juez.-

EL JUEZ,

MIGUEL A. URIBE HENRÍQUEZ.

LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE RECURRENTE,

LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA,

LA SECRETARIA,

YASMELY BORREGO.
MAUH/rjns