REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO
Maracaibo, quince de octubre de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: VP01-R-2010-000196
Por cuanto se observa que el presente asunto ha sido resuelto por esta alzada y el mismo debe ser remitido al último Tribunal que conoció de la causa en fase de mediación, motivo por el cual se deja sin efecto el oficio librado en fecha once (11) de octubre de 2010, signado con el N°TSS-2010-1081, dirigido al Tribunal Décimo de Primera Instancia, de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial Laboral, y ordena remitir el expediente al Tribunal correspondiente, esto es: Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial Laboral, todo a los fines legales pertinentes. Líbrese oficio de remisión.
EL JUEZ
MIGUEL URIBE HENRÍQUEZ
LA SECRETARIA
YASMELY BORREGO RINCÓN
En la misma fecha se libra oficio bajo el N°TSS-2010-1100.
LA SECRETARIA
YASMELY BORREGO RINCÓN