REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGIÓN ZULIANA
Maracaibo, 08 de noviembre de 2010
200° - 151°
Declarando Firme
En el presente Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la contribuyente SUCESIÓN RAMON IGNACIO ALTUVE CARRERO contra las Resoluciones No. RZ-DF-4045000557, RZ-DF-4045002858, RZ-DF-4045002859, RZ-DF-4045002860 y RZ-DF-404500557 de fechas 21 de junio de 2004, emanadas de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Zuliana del SENIAT; en fecha 28 de junio de 2007 este Tribunal homologó y da por consumado el desistimiento del presente recurso, ordenándose notificar de la misma.
En fecha 29 de octubre de 2009, se libró oficio de notificación dirigido a la Procuradora General de la República y al Gerente Regional de Tributos Internos de la Región Zuliana; consignadas por el Alguacil de este Tribunal en fechas 03 de diciembre de 2009 y 18 de enero de 2010, respectivamente. Asimismo el 26 de enero de 2010 fue recibido oficio emanado de la Supervisora de la Oficina Regional Occidental de la Procuraduría General de la Republica
En razón de lo anterior, se considera que las notificaciones ordenadas en dicha sentencia fueron efectivamente cumplidas; y observa este Tribunal con vista del Libro de Diario y del Calendario Judicial que el lapso para apelar a que se contrae el artículo 278 del Código Orgánico Tributario, se venció el 19 de febrero de 2010.
En razón de lo anteriormente expuesto, en virtud de haber transcurrido el lapso y observándose la inactividad de la parte en recurrir de la misma, este Tribunal declara firme la sentencia dictada en fecha 28 de junio de 2007, la pone en estado de ejecución y por cuanto no hay más actuaciones que cumplir, este Tribunal da por terminada la presente causa y ordena el ARCHIVO del expediente. CUMPLASE.-
Resolución Nro___________-2010

La Jueza Temporal,

Abg. Maria Ignacia Añez
La Secretaria,

Abg. Yusmila Rodríguez Romero.