JUZGADO SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGIÓN ZULIANA

Maracaibo, 1 de noviembre de 2010
200° - 151°


Exp. N° 707-07

En el presente Cobro de Créditos Fiscales (Juicio Ejecutivo) interpuesto por la República Bolivariana de Venezuela en contra de la contribuyente CONTRATISTA INDUSTRIAL SALAZAR Y SERVICIOS, C.A. (COINSERCA); en fecha 10 de octubre de 2008 este Tribunal declaró perimido el mencionado juicio ejecutivo y por consiguiente extinguido el proceso; ordenándose notificar.
En fecha 16 de octubre de 2008 el Alguacil de este Tribunal consignó boleta de notificación librada a la República Bolivariana de Venezuela en la persona de la Procuradora General de la República o de cualquiera de sus apoderados judiciales constituidos en actas; boleta recibida y firmada por el abogado Gerardo Luzardo, portador de la cédula de identidad No. 7.782.898, en su carácter de apoderado judicial de la República Bolivariana de Venezuela.
En razón de lo anterior, se considera que la notificación ordenada en dicha sentencia fue efectivamente cumplida; y observa este Tribunal con vista del Libro de Diario y del Calendario Judicial que el lapso para apelar a que se contrae el artículo 278 del Código Orgánico Tributario, se venció el 11 de noviembre de 2008.
En razón de lo anteriormente expuesto, en virtud de haber transcurrido el lapso y observándose la inactividad de la parte en recurrir de la misma, este Tribunal declara firme la sentencia dictada en fecha 10 de octubre de 2008, la pone en estado de ejecución y por cuanto no hay más actuaciones que cumplir, este Tribunal da por terminada la presente causa y ordena el ARCHIVO del expediente. CUMPLASE.-
La Jueza,

Dra. María Ignacia Añez.
La Secretaria,

Abog. Yusmila Rodríguez Romero.





MIA/mtdlr.-