EXP-4046 Sent-10.729

JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-

Maracaibo tres (03) de Noviembre del año dos mil diez 2010.
200° y 151°.-
Recibida de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Poder Judicial del Estado Zulia la anterior Solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, conjuntamente con sus anexos, constantes de catorce (14) folios útiles. En virtud de la entrada en vigencia de la Resolución No. 2009-0006, de fecha 18-03-09, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial No. 39.152, de fecha 02-04-09, es competente este órgano jurisdiccional para la tramitación procesal de este asunto. Désele entrada, fórmese expediente y numérese. Se admite cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, la mencionada solicitud presentada por la ciudadana SADY JOSEFINA GOMNEZ ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No V-5.854.657, con domicilio en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, asistida en ese acto por la Abogada en ejercicio ZULAY CEPEDA DE URRIBARRI, inscrita en el Inpreabogado bajo el No 18.506, actuando en su propio nombre y en representación de sus hijas ALBANYS VIRGINIA DELGADO GOMEZ y BETSADY MARIAN DELGADO GOMEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédula de Identidad Nos V-19.216.206 y V-19.845.828, respectivamente, y solicita se le declaren las anteriores diligencias, titulo suficiente que le acrediten a ella, y a sus hijas ALBANYS VIRGINIA DELGADO GOMEZ y BETSADY MARIAN DELGADO GOMEZ, ya identificadas, ut supra, como ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS de su difunto cónyuge y padre respectivamente, ALVAN DE JESUS DELGADO FERRRER, quién en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-4.521.988, con domicilio en la Parroquia Cecilio Acosta del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, fallecido ab-intestato el día seis (6) de Mayo del año 2001, tal como se evidencia de la acta de defunción No.64, expedida por la Jefatura Civil de la Parroquia Cecilio Acosta del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, que corre inserta al folio dos (02) del presente expediente, en copia debidamente certificada. Ahora bien, las solicitantes además acompañaron los siguientes recaudos: copias certificadas de las actas del acta de Matrimonio del difunto ALVAN DE JESUS DELGADO FERRER y de la solicitante SADY JOSEFINA GOMEZ ALVAREZ, signada bajo el No 1170, expedida por la Jefatura Civil de la Parroquia Cacique Mara del Estado Zulia; inserta al folio 03 de este expediente; acta de nacimiento certificadas de las ciudadanas ALBANYS VIRGINIA DELGADO GOMEZ y BETSADY MARIAN DELGADO GOMEZ, signada bajo los Nos 1740 y 32, respectivamente, inserta a los folios 5 y 6, expedida la primera por la Jefatura Civil de la Parroquia Cacique Mara y la segunda por la Jefatura Civil de la Parroquia Cecilio Acosta del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a los folios 8 y 9 de este expediente corre inserta copias fotostáticas de las cédula de Identidad de las solicitantes y justificativo de testigos, evacuado por ante la Notaría Pública Primera de Maracaibo del Estado Zulia, de fecha 27 de Octubre del año 2010, que corre inserta al folio 13, donde los ciudadanos VICTOR JOSE RAMIREZ PAREDES y MARIA LUISA MARTINEZ ARIÑO, plenamente identificadas en dicho instrumento, quienes están contestes y conformes con el interrogatorio al cual fueron sometidas; y en vista de lo expuesto en la solicitud y de los documentos ya identificados, es por lo que se constata la filiación que existe entre las solicitantes, con su extinto cónyuge y padre y por considerar que la documentación es suficiente para otorgar lo solicitado, es por lo que este Juzgador le da pleno valor probatorio a los mismos. En consecuencia este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, e igualmente de acuerdo con lo establecido en el artículo 936 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, declara como ALVAN DE JESUS DELGADO FERRRER, quién en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-4.521.988, con domicilio en la Parroquia Cecilio Acosta del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, fallecido ab-intestato el día seis (6) de Mayo de 2001, en jurisdicción de la Parroquia Cecilio Acosta del Municipio Maracabo del Estado Zulia, a su esposa ciudadana SADY JOSEFINA GOMNEZ ALVAREZ, y a sus hijas ciudadanas ALBANYS VIRGINIA DELGADO GOMEZ y BETSADY MARIAN DELGADO GOMEZ plenamente identificadas ut supra, DEJANDOSE A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.

Devuélvanse estas actuaciones originales con sus resultas a la parte interesada, dejándose previamente certificadas en las actas todas y cada una de las actuaciones. ASÍ SE DECLARA.

PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, sellada y firmada en la Sala de este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a los tres (03) días del mes de Noviembre del año dos mil diez.- 200° de la Independencia y 151° de la Federación.-

Abog. ALEJANDRINA ECHEVERRIA CORONA
JUEZA TEMPORAL

LA SECRETARIA,
Abog. MARIANNE ALARCON APONTE

En la misma fecha, siendo las dos y quince minutos de la tarde (2.15 p.m), se dicto y publicó bajo el No. 10.729.-

LA SECRETARIA,