Exp.2724


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE
LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
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Conoció por distribución este Juzgado Segundo de Los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de la demanda intentada por los ciudadanos DANILO ENRIQUE FERNANDEZ y EGDA CONSUELO DE FERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad números 2.873.614 y 3.111.768 respectivamente, asistidos en este acto por el Abogado en ejercicio ELOY FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 17.096.518, inscrito en el Inpreabogado con el número 128.113, de este domicilio, en contra del ciudadano LUIS HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 5.818.628, domiciliado en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia.

I
ANTECEDENTES
A esta demanda se le dio entrada en este Juzga¬do, en fecha veintinueve (29) de septiembre de 2010, ordenándose la citación de la parte demandada.

II
DEL DESISTIMIENTO
Mediante diligencia de fecha dos (02) de noviembre de 2010, suscrita por el Abogado en ejercicio y de este domicilio ELOY FERNANDEZ, antes identificado, Apoderado Judicial de la parte demandante, expuso: “DESISTO en nombre de mis poderdantes, los ciudadanos DANILO FERNANDEZ y EGDA DE FERNANDEZ, del presente procedimiento, intentado en contra del ciudadano LUIS HERNANDEZ, por motivo de Cumplimiento de Contrato y Cobro de Bolívares”. El Tribunal, visto el anterior desistimiento del procedimiento, le imparte su aprobación, homologándolo y dándole el carácter de Cosa Juzgada. Asimismo, vista la diligencia anterior, se ordena devolver los originales solicitados, previa certificación por Secretaría.



III
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:

Consumado el Desistimiento del Procedimiento, en el juicio de Cumplimiento de Contrato y Cobro de Bolívares, seguido por los ciudadanos DANILO ENRIQUE FERNANDEZ FERRER y EGDA DEL CONSUELO AVILA DE FERNANDEZ, en contra del ciudadano LUIS HERNANDEZ, todos identifica¬dos en la parte narrativa de este fallo, en consecuencia, se homologa el presente acto, se le da el carácter de Cosa Juzgada y se da por terminado el presente juicio.

Se ordena devolver los originales solicitados previa certificación por Secretaria.

No hay condenatoria en costas por la naturaleza del Fallo.

Se hace constar que el Abogado en ejercicio ELOY FERNANDEZ, obró en el proceso con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante. Déjese copia certificada por Secretaria de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.

Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a los cuatro (04) días del mes de noviembre de 2010. Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
LA JUEZA


ADRIANA MARCANO MONTERO
EL SECRETARIO


Abog. ANDRÉS VIRLA VILLALOBOS




En la misma fecha siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), se publicó la anterior sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva.

EL SECRETARIO


Abog. ANDRÉS VIRLA VILLALOBOS