En horas de Despacho del día de hoy JUEVES VEINTICINCO (25) de Noviembre de dos mil Diez, siendo las DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 a.m.), fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para llevar a efecto la medida EMBARGO PREVENTIVO decretada por el Juzgado Séptimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, relacionada con el Juicio que por ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, sigue la Ciudadana ROSSLENY CARABALLO NAVARRO contra El ciudadano NEUDO OLIVEROS. Se trasladó y constituyó el tribunal en el sitio señalado por la abogada ROSSLENY CARABALLO NAVARRO, inscrita en el Inpreabogado No. 108.509, parte actora, específicamente en la sede de la Entidad Bancaria BANESCO, ubicado en la AV. 4 (BELLA VISTA) con calle No. 71. Seguidamente y una vez presente el tribunal en el sitio señalado, se procedió a notificar a la ciudadana GIOVANNY PAREDES, titular de la Cédula de Identidad Número V-11.280.097, con el carácter de SUB-GERENTE del banco donde se encuentra constituido este Tribunal y quien una vez impuesto del motivo de la presencia del Tribunal, le fue requerida la Cuenta Corriente N° 01340073350733070648 a fin de que informe a este Tribunal sobre el titular de dicha cuenta y el saldo disponible para el momento de la presencia del Tribunal a lo cual contestó: “Dicha Cuenta pertenece al ciudadano NEUDO OLIVEROS y el saldo que presenta es de NUEVE MIL BOLIVARES (Bs. 9.000,oo)”. En este estado presente la parte actora expuso: “Pido a este Tribunal proceda a darle cumplimiento a la medida de Embargo Preventivo, decretada por el tribunal de la causa y para tal efecto señalo la cantidad de NUEVE MIL BOLIVARES (Bs. 9.000,oo). que posee el ciudadano NEUDO OLIVEROS, parte demandada en el presente proceso, en la Cuenta Corriente numero 01340073350733070648, a fin de que sea embargada Preventivamente, conforme a lo decretado. Vista la anterior exposición, este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADA PREVENTIVAMENTE LA CANTIDAD DE NUEVE MIL BOLIVARES (Bs. 9.000,oo), QUE POSEE EL CIUDADANO NEUDO OLIVEROS, PARTE DEMANDADA EN EL PRESENTE PROCESO, EN LA CUENTA CORRIENTE NUMERO 01340073350733070648. Y ASI SE CONFIRMA. Este Tribunal deja constancia que recibe en este acto, Cheque de Gerencia signado bajo el númeroXXXX, girado contra BANESCO, BANCO UNIVERSAL, a nombre del JUZGADO SEPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, POR LA CANTIDAD DE NUEVE MIL BOLIVARES (Bs. 9.000,oo). En este estado presente la parte actora, expuso: “Por cuanto el monto embargado en este acto no cubre la totalidad del monto decretado por el Tribunal de la causa, me reservo el derecho de seguir señalando bienes propiedad del demandado”. Asimismo, la parte actora deja constancia que este Tribunal no ha recibido ningún tipo de emolumentos para la práctica de la presente medida. Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ:
EL NOTIFICADO:
ABOG. GUILLERMO INFANTE
LA PARTE ACTORA: LA SECRETARIA:
COMISION No. 4796-10
EXP. No. 2208
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