En horas de Despacho del día de hoy JUEVES VEINTICINCO (25) de Noviembre de dos mil Diez, siendo las DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 a.m.), fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para llevar a efecto la medida EMBARGO PREVENTIVO decretada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, relacionada con el Juicio que por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION), sigue el Ciudadano EDGAR NIÑO contra El ciudadano HUGO FELIPE NIÑO. Se trasladó y constituyó el tribunal en el sitio señalado por el apoderado judicial de la parte actora Abogado MARCELO MARIN HIDALGO, inscrito en el Inpreabogado No. 89.878, específicamente en la sede de la Entidad Bancaria BANESCO, ubicado en la AV. 4 (BELLA VISTA) con calle No. 71. Seguidamente y una vez presente el tribunal en el sitio señalado, se procedió a notificar al ciudadano GIOVANNY PAREDES, titular de la Cédula de Identidad Número V-11.280.097, con el carácter de SUB-GERENTE del banco donde se encuentra constituido este Tribunal y quien una vez impuesto del motivo de la presencia del Tribunal, le fue requerida la Cuenta Corriente N° 01340089050893017909 a fin de que informe a este Tribunal sobre el titular de dicha cuenta y el saldo disponible para el momento de la presencia del Tribunal a lo cual contestó: “Dicha Cuenta pertenece al ciudadano HUGO FELIPE NIÑO y el saldo que presenta si cubre el monto decretado para embargar. En este estado presente el apoderado judicial de la parte actora, expuso: “Pido a este Tribunal proceda a darle cumplimiento a la medida de Embargo Preventivo, decretada por el tribunal de la causa y para tal efecto señalo la cantidad de DOS MILLONES CIENTO CUARENTA Y DOS MIL BOLIVARES CON 00/100 (Bs.2.142.000,oo). que posee el ciudadano HUGO FELIPE NIÑO, parte demandada en el presente proceso, en la Cuenta Corriente numero 01340089050893017909, a fin de que sea embargada Preventivamente, conforme a lo decretado. Vista la anterior exposición, este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADA PREVENTIVAMENTE LA CANTIDAD DE DOS MILLONES CIENTO CUARENTA Y DOS MIL BOLIVARES CON 00/100 (Bs.2.142.000,oo), QUE POSEE EL CIUDADANO HUGO FELIPE NIÑO, PARTE DEMANDADA EN EL PRESENTE PROCESO, EN LA CUENTA CORRIENTE NUMERO 01340089050893017909. Y ASI SE CONFIRMA. Este Tribunal deja constancia que recibe en este acto, Cheque de Gerencia signado bajo el número XXXXX, girado contra BANESCO, BANCO UNIVERSAL, a nombre del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, POR LA CANTIDAD DE DOS MILLONES CIENTO CUARENTA Y DOS MIL BOLIVARES CON 00/100 (Bs.2.142.000,oo). Cumplida como ha sido la presente comisión, el apoderado judicial de la parte actora deja constancia que este Tribunal no ha recibido ningún tipo de emolumentos para la práctica de la presente medida. Terminó, se leyó y conformes firman.-

EL JUEZ:
EL NOTIFICADO:

ABOG. GUILLERMO INFANTE


EL APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA: LA SECRETARIA:







COMISION No. 4792-10-10
EXP. No. 57068