En el día de hoy, Veinticuatro (24) de Noviembre del año Dos Mil Diez (2010), siendo las 10:35 minutos de la mañana, en horas de despacho, día fijado por el tribunal para dar Cumplimiento a la ejecución de la medida Preventiva de Embargo seguido por el Ciudadano: PEDRO MARTINEZ COLINA, contra el Ciudadano: WILFREDO FONSECA, en el Juicio de Cobro de bolívares (Procedimiento por Intimación) por ante el JUZGADO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, y para la cual fue Exhortado este Órgano Especial Ejecutor de medidas de los Municipios Cabimas, santa Rita, Miranda, Simón Bolívar, Lagunillas, Valmore Rodríguez Y Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, constituido por la Juez Provisorio GREGORIA MEJIAS la Secretaria accidental MIVIR MARCANO MENDEZ, y los Auxiliares de Justicia Ciudadano: Freddy Gutiérrez en representación de la depositaria Judicial Santa Maria, C.A (Deposaca) como perito Avaluador y depositario Judicial así como los Funcionarios de la policía Municipal de Lagunillas, como Resguardo y Custodia para los componentes del Mismo, a cargo del Inspector José Hernández, Chapa 136 A Señalamiento del Apoderado Judicial de la parte actora Abogado ALFREDO COLMENARES, Titular de la cedula de identidad N°V-7.737.846 e inscripto en el inpreabogado bajo el Nº 34969,siendo las 12:00 en punto de la medio día se traslado y constituyo el tribunal en un inmueble-vivienda, en la cual vive el demandado en dos áreas de dicho inmueble, ubicado en la carretera “L” calle Santa Martha, Barrio Bozaca, casa Sin numero visible, Ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas del Estado Zulia.- Una vez allí constituido se procedió a realizar los toques de la ley al portón principal de acceso al inmueble, siendo atendido de forma inmediata, por la Ciudadana: que dijo llamarse Dayamary Martínez Blanca, quien manifestó al tribunal ser la conyugue del demandado , y quien solicito un margen de espera para que hiciera acto de presencia su conyugue que labora para el lago y lo tratara de ubicar vía telefónica.- el Tribunal deja constancia que en aras de cumplir con su integro labor de impartir Justicia concede un lapso de tiempo de una (01) hora para que haga acto de presencia el demandado y su abogado.- El tribunal deja constancia que la Ciudadana: Dayamary Martínez Blanca, titular de la Cedula de identidad N°V-14.253.668 quien fue Notificada del objeto de la medida manifestó que se comunicaron Vía telefónica y le participaron que el Ciudadano demandado no se Presentaría en el acto