REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas Y Adolescentes.
DEMANDANTE: DIGNA TERESA VERDE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 9.567.673.
APODERADO JUDICIAL: Manuel Erasmo Gómez Rojas, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado con el No. 36.671.
DEMANDADO: NICANDRO RAMON FLOREZ AVILEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 14.424.613
MOTIVO: DIVORCIO ORDINARIO
EXPEDIENTE N° JMS1-L-2009-000175.-
En fecha 09-08-2010 fue recibida por ante este Tribunal escrito de demanda la cual fue admitida en fecha 12-08-2010 conforme al Procedimiento Ordinario establecido en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
En fecha 06-10-2010 se verificó la notificación de la Fiscal Octava del Ministerio Público del estado Monagas y el 25-10-2010 la de la parte demandada.
Por auto del 28-10-2010 se fijó para el día 10-11-2010 a las 10.-30 a.m. la Audiencia Única de Mediación.
Siendo el día y hora fijada para la realización de la audiencia Única de la fase de mediación de la audiencia preliminar, anunciado como fue el acto por el Alguacil, se dejó constancia de la no comparecencia de las partes, por lo que el Tribunal dictó el dispositivo, declarando desistido el procedimiento, extinguida la instancia y terminado el presente asunto.
Encontrándose la causa para dictar sentencia, esta Juzgadora decide en los siguientes términos:
Siendo el día de hoy para llevarse a efecto el acto, se anunció el mismo con las formalidades de ley, no compareciendo los solicitantes, lo cual se dejó constancia en el Acta levantada en la oportunidad de la realización de la audiencia de la fase de mediación de la audiencia preliminar, considerando desistido el presente procedimiento.
En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación , Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y EN CONSECUENCIA TERMINADO EL PROCESO, de conformidad con lo establecido en el artículo 522 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena el archivo del expediente, devuélvanse originales de los instrumentos presentados, déjese copia certificada de estos en el mismo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Maturín, a los Diez de Noviembre de 2010. Años: 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
LA JUEZA,
ABG. ELINA CIANO DE COOLS
LA SECRETARIA,
ABG. MARIA FABIOLA TEPEDINO
En esta misma fecha se público y registro, siendo las 10.42 p.m.. y se cumplió con lo ordenado.
Abg. MARIA FABIOLA TEPEDINO
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