REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, nueve de noviembre de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: OP02-L-2010-000190

Visto que concluida la Audiencia Preliminar, en fecha 01 de noviembre de 2.010, y consignados como han sido los escritos de contestación a la demanda, de la parte demandada Empresa, SALÓN DE BELLEZA CARITAS, C.A., constante de quince (15) folios útiles, y del tercereo TEAM HAIR CUT, C.A., constante de ocho (08) folios útiles, por su apoderado judicial, abogado Adelino Alvarado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 0345, los cuales se ordena agregar; en consecuencia, se ordena remitir el presente asunto, al Tribunal de Juicio del Trabajo competente, de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese oficio de remisión. Cúmplase.-
La Juez


Dra. Elida Suárez Velásquez
La Secretaria
Abg.

ESV/jrm.-