PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, veinticuatro de noviembre de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO : VP01-L-2010-000345
ACTA DE TRANSACCION
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2010-000345
PARTE ACTORA: RICHARD RODRIGUEZ TORRES, titular de la cédula de identidad: 14.822.825.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: YELITZA PARRA, Inpreabogado: 72.686.
PARTE DEMANDADA: GEOSERVICES, S.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: AILIE VILORIA, Inpreabogado: 46.635.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy, 24 de noviembre de 2010, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos RICHARD RODRIGUEZ TORRES, titular de la cédula de identidad: 14.822.825, asistido por su apoderada judicial abogada YELITZA PARRA, Inpreabogado: 72.686; y por la demandada GEOSERVICES, S.A , su apoderada judicial abogada AILIE VILORIA, Inpreabogado: 46.635; quienes han llegan a un acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; y por la cantidad de Bs. 83.991,12; por todos y cada uno de los conceptos reclamados en el Libelo de Demanda, que se dan por reproducidos, para que formen parte integrante de la presente acta; cantidad que recibe en este acto el ciudadano RICHARD RODRIGUEZ TORRES, a su entera satisfacción, mediante dos (02) cheques en contra del Banco Provincial números 00104815 y 00104827; consignando la demandada copia de los mismos para ser agregadas al expediente constantes de dos (02) folios útiles. El Tribunal visto que el acuerdo transaccional celebrado no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público HOMOLOGA LA TRANSACCION y le imparte el carácter de Cosa Juzgada, declara terminado el proceso y ordena archivar definitivamente el expediente. Se deja constancia que han sido devueltas las pruebas consignadas por las partes al inicio de la audiencia preliminar; asimismo, se ordena expedir 03 copias certificadas de la presente acta, solicitadas por las partes. Terminó, se leyó y conforme firman. Publíquese y Regístrese la presente decisión. Es todo.
La Juez
La Secretaria
Mgs. Judith Castro de Mendoza
Abog. Carinel Lucena Naveda.
Las Partes.
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