REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia

Maracaibo, nueve de noviembre de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: VP01-L-2010-001205

Vista la diligencia presentada en fecha quince (15) de julio de 2.010 por la parte actora ciudadana Noiralih Coromoto Vera Tarre, titular de la cédula de identidad N° 14.357.810 asistida por la abogada Yaritza Marquez, inpreabogado N° 128.614, mediante la cual Desiste del procedimiento por Cobro de Prestaciones Sociales en contra de CONSULTORES PROFESIONALES INTERNACIONALES, C.A., en consecuencia este Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO. Se da por terminado el presente asunto y se ordena su archivo definitivo.

El Juez

Abog. Antonio Barroso
La Secretaria