ACTA

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2010-001673

PARTE ACTORA: ONELIO VICENTE CASTILLO CASTILLO

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogada Adriana Sánchez y Jackeline Blanco, inpreabogados N° 98.061 y 114.708 respectivamente.

PARTE DEMANDADA: ZULIA FLEX C.A. y TRANSPORTACIONES M.T.N., C.A.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogadas Liris Soto e Ivonne Matos, Inpreabogados N° 40.724 y 37.831 respectivamente.

MOTIVO: Prestaciones Sociales

En el día hábil de hoy, 2 de Noviembre de 2010, siendo las 2:45 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece la ciudadano ONELIO VICENTE CASTILLO CASTILLO en su carácter de parte actora asistido por la apoderada judicial abogada Jackeline Blanco; ZULIA FLEX C.A. y TRANSPORTACIONES M.T.N., C.A. en su carácter de parte demandada, debidamente representada por la apoderada judicial abogada Liris Soto de Montaña, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la demandada paga en este Acto al demandante la cantidad de tres mil bolívares (Bs. 3.000,00) en cheque corriente de la cuenta de Zulia Flex, C.A. N° 0108-0059-54-0100004307 en el Banco Provincial, cheque N° 05969577, a la orden de Onelio Castillo con la mención NO ENDOSABLE. Con este pago se dan por cancelados los siguientes conceptos reclamados en el libelo: antigüedad, vacaciones vencidas, vacaciones fraccionadas, bono vacacional vencido, bono vacacional fraccionado, utilidades fraccionadas, utilidades vencidas, indemnización por despido injustificado e indemnización sustitutiva de preaviso. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se da por Terminado el presente asunto y se ordena su archivo definitivo asimismo se ordena regresar a las partes sus escritos de pruebas y sus respectivos anexos.

El Juez

Abog. Antonio Barroso

La Secretaria

Los Presentes: