ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2010-001631
PARTE ACTORA: GISSELLY TEIXEIRA POLO
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: Rodolfo Haydee
PARTE DEMANDADA: PEÑA HIPICA LA PARADA
APODERADAS DE LA PARTE DEMANDADA: Celina Sánchez y Soraya Sánchez
MOTIVO: Prestaciones Sociales.
En el día hábil de hoy,9 de Noviembre de 2010, siendo las 11:40 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos GISSELLY TEIXEIRA POLO y PEÑA HIPICA LA PARADA en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la parte demandada ofrece la cantidad de cuatro mil seiscientos Bolívares (Bs.F. 4.600,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar, los cuales le serán entregados a la ciudadana extrabajadora el día diez de Noviembre de 2010 por ante el tribunal a las 11:00 a.m. En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente.. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
El Juez
La Secretaria
Abg. Frank Guanipa
Los Presentes
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